Un accidente laboral no exige necesariamente sufrir una caída, un golpe, un corte o cualquier otro traumatismo evidente.
Una enfermedad o lesión que aparece de forma repentina mientras se está trabajando también puede llegar a ser considerada
accidente de trabajo, incluso cuando el trabajador ya tenía antecedentes médicos relacionados con esa patología.
Así lo acaba de recordar el
Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) al reconocer como accidente de trabajo el
desprendimiento de retina sufrido por un conductor de camión mientras realizaba su jornada laboral.
La sentencia resulta especialmente interesante porque la mutua defendía que el problema ocular podía explicarse por los antecedentes médicos del trabajador. Sin embargo, el tribunal considera que esas circunstancias no bastan para romper la presunción de que la lesión era laboral cuando los síntomas aparecieron mientras conducía el camión, cerca de la medianoche y en plena actividad profesional.
El caso plantea una cuestión muy importante para cualquier trabajador:
¿qué sucede cuando una dolencia aparece mientras estamos trabajando aunque no exista un accidente visible?
Un camionero sufre un desprendimiento de retina mientras trabajaba
La resolución es la
sentencia n.º 3076/2026, de 2 de julio de 2026, de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
El trabajador prestaba servicios como conductor de camiones.
Los síntomas correspondientes al desprendimiento de retina del ojo izquierdo aparecieron mientras estaba realizando su actividad profesional, cerca de la medianoche y mientras conducía.
Posteriormente se confirmó médicamente el diagnóstico y el trabajador inició el
1 de abril de 2022 un proceso de incapacidad temporal.
La controversia surgió al determinar si esa baja debía considerarse consecuencia de:
- una enfermedad común; o
- un accidente de trabajo.
La diferencia no es meramente terminológica.
Determinar correctamente la contingencia que origina una baja puede tener importantes consecuencias en materia de
prestaciones de Seguridad Social, intervención de la mutua y eventual responsabilidad derivada del accidente.
El INSS consideró inicialmente que era accidente de trabajo
El caso llegó al Instituto Nacional de la Seguridad Social mediante un procedimiento de determinación de contingencia.
El
Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) consideró que el proceso debía tener origen profesional.
Siguiendo esta propuesta, el INSS declaró el
22 de febrero de 2024 que la incapacidad temporal derivaba de un accidente de trabajo.
Sin embargo, la mutua no estuvo de acuerdo con esa decisión y acudió a los tribunales.
El
Juzgado de lo Social n.º 2 de A Coruña dio inicialmente la razón a la mutua y consideró que la incapacidad temporal debía calificarse como derivada de enfermedad común.
El trabajador recurrió esa decisión ante el TSXG.
Y la Sala de lo Social ha terminado revocando la sentencia de primera instancia y reconociendo nuevamente el carácter profesional de la lesión.
¿Por qué el desprendimiento de retina se considera accidente laboral?
La clave se encuentra en el
artículo 156 de la Ley General de la Seguridad Social.
La ley define el accidente de trabajo como toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o como consecuencia del trabajo que realiza por cuenta ajena.
Pero existe además una regla especialmente importante:
se presume, salvo prueba en contrario, que son constitutivas de accidente de trabajo las lesiones sufridas durante el tiempo y en el lugar de trabajo.
Es lo que jurídicamente se conoce como
presunción de laboralidad.
En este caso, los síntomas aparecieron mientras el conductor estaba trabajando y conduciendo el camión.
Por ello, entraba en juego esa presunción.
La cuestión ya no consistía únicamente en que el trabajador demostrase que conducir había provocado directamente el desprendimiento de retina.
Al haberse manifestado la lesión en tiempo y lugar de trabajo, correspondía valorar si existían pruebas suficientemente contundentes para romper la relación entre el trabajo y la dolencia.
No hace falta sufrir un golpe para que exista accidente de trabajo
Este es probablemente el aspecto más interesante de la sentencia.
Cuando pensamos en un accidente laboral solemos imaginar situaciones como:
- una caída desde una escalera;
- un accidente con una máquina;
- un corte;
- un golpe;
- una lesión al levantar peso;
- o un accidente de tráfico durante el trabajo.
Pero el concepto jurídico de accidente de trabajo es más amplio.
Una determinada patología puede manifestarse durante la jornada laboral sin que exista un golpe o traumatismo externo claramente identificable.
Eso no impide necesariamente que pueda ser considerada accidente de trabajo.
En el caso del conductor, precisamente,
no constaba un traumatismo concreto que explicara el desprendimiento de retina.
Aun así, el TSXG considera que esa circunstancia no basta para excluir su origen profesional.
Tampoco existía un parte de accidente
Otro argumento que puede aparecer frecuentemente en este tipo de procedimientos es la inexistencia de un parte de accidente laboral.
En este caso tampoco constaba un accidente clásico que el trabajador hubiera identificado inmediatamente como tal y comunicado mediante el correspondiente parte.
Pero el tribunal tampoco considera esa circunstancia suficiente para destruir la presunción de laboralidad.
Esto resulta lógico en determinadas patologías.
Un trabajador que empieza a notar una alteración visual, un dolor repentino u otro síntoma durante la jornada puede no saber en ese momento qué está ocurriendo ni que posteriormente se diagnosticará una lesión susceptible de ser calificada jurídicamente como accidente laboral.
Por tanto:
la ausencia de un golpe y la inexistencia inicial de un parte de accidente no significan automáticamente que estemos ante una enfermedad común.
El trabajador tenía antecedentes médicos
El asunto resulta todavía más interesante porque el trabajador no carecía de antecedentes oftalmológicos.
La mutua sostuvo, entre otros argumentos, que existían circunstancias médicas que podían explicar el desprendimiento de retina independientemente del trabajo.
El trabajador había sufrido anteriormente un desprendimiento de retina en el otro ojo.
Además, había sido sometido a una intervención de catarata y vitrectomía, y el nuevo desprendimiento apareció dentro de los meses siguientes a esa intervención.
La pericial presentada por la mutua destacaba también que un desprendimiento de retina puede constituir una complicación conocida tras determinadas intervenciones oftalmológicas.
A primera vista podría parecer suficiente para concluir que la lesión era completamente ajena al trabajo.
Pero el TSXG no lo considera así.
Tener una enfermedad previa no elimina automáticamente el accidente laboral
Los antecedentes médicos pueden ser importantes para estudiar una reclamación, pero su mera existencia no destruye automáticamente el carácter laboral de una lesión.
En este caso podían existir factores médicos previos que aumentasen el riesgo de sufrir un nuevo desprendimiento de retina.
Pero eso no demostraba necesariamente que la actividad laboral hubiese sido completamente ajena a la aparición del episodio.
Y había un elemento especialmente significativo:
los síntomas aparecieron mientras el trabajador conducía un camión cerca de la medianoche.
La conducción profesional nocturna exige atención visual continuada, precisamente mientras el trabajador estaba desarrollando su actividad.
Por ello, el TSXG considera insuficientes los antecedentes médicos aportados para romper la presunción de laboralidad.
La conducción nocturna y el esfuerzo visual también fueron relevantes
La Sala presta especial atención al momento en el que apareció la lesión.
No se trataba de una dolencia detectada durante un fin de semana o varias horas después de terminar la jornada laboral.
El desprendimiento se manifestó
mientras el trabajador estaba conduciendo el camión y cerca de la medianoche.
Es decir, mientras realizaba una actividad que exigía un esfuerzo visual importante.
Esto no significa que todo desprendimiento de retina sufrido por un conductor tenga necesariamente origen laboral.
Tampoco significa que conducir de noche provoque por sí solo este tipo de lesiones.
Lo relevante jurídicamente es que, en las circunstancias de este caso, no se consiguió demostrar que el trabajo fuera completamente extraño a la aparición de la lesión.
El Tribunal Supremo ya había analizado otro desprendimiento de retina
La decisión del TSXG no aparece aislada.
El
Tribunal Supremo ya se había pronunciado en 2018 sobre un desprendimiento de retina manifestado durante la jornada laboral.
En aquel asunto, una trabajadora sufrió el problema ocular mientras estaba trabajando delante de una pantalla de ordenador.
El Supremo consideró aplicable la presunción de laboralidad porque la lesión se había manifestado durante el trabajo y no se había acreditado suficientemente una desconexión entre la actividad profesional y la dolencia.
El TSXG utiliza ahora esa doctrina al resolver el caso del conductor de camión.
Esto confirma una idea especialmente importante:
una lesión interna o una enfermedad manifestada durante la jornada puede quedar comprendida dentro del concepto de accidente de trabajo aunque no exista un agente externo claramente visible.
¿Cualquier enfermedad que aparece trabajando es un accidente laboral?
No.
La presunción de laboralidad es muy importante, pero no significa que cualquier problema médico que aparezca durante una jornada se convierta automáticamente en accidente de trabajo.
Hay que analizar las circunstancias de cada caso.
Especialmente:
- cuándo comenzaron los síntomas;
- dónde se encontraba el trabajador;
- qué actividad estaba realizando;
- qué exigencias tenía el puesto;
- si existen antecedentes médicos;
- qué dicen los informes clínicos;
- qué sostiene la mutua;
- y si existen pruebas que permitan excluir la relación con el trabajo.
La presunción establecida por la Ley General de la Seguridad Social admite prueba en contrario.
Por tanto, puede ser desvirtuada.
Pero esa prueba debe ser suficientemente sólida.
¿Qué es la presunción de laboralidad?
La presunción de laboralidad simplifica considerablemente la posición del trabajador cuando una lesión se produce durante el trabajo.
El artículo 156.3 de la Ley General de la Seguridad Social establece que las lesiones sufridas
en tiempo y lugar de trabajo se presumen laborales salvo prueba en contrario.
Esto puede cambiar sustancialmente la discusión.
No es igual que una enfermedad aparezca en el domicilio un domingo que sufrir repentinamente los síntomas mientras se está desempeñando la actividad profesional.
Cuando se cumplen los requisitos para aplicar la presunción, quien pretende negar el carácter laboral deberá aportar elementos suficientes para demostrar que la lesión es ajena al trabajo.
¿Accidente de trabajo y enfermedad profesional son lo mismo?
No.
Son conceptos jurídicamente diferentes.
Una
enfermedad profesional es aquella contraída como consecuencia del trabajo en las actividades y por los agentes incluidos en el cuadro legal de enfermedades profesionales.
El concepto de
accidente de trabajo, en cambio, es más amplio de lo que su denominación cotidiana puede hacer pensar.
Puede comprender determinadas lesiones o patologías que aparecen relacionadas con la actividad profesional aunque no haya existido una caída, choque o traumatismo.
Por ello, una patología que no figure como enfermedad profesional puede, bajo determinadas circunstancias, ser considerada accidente de trabajo.
¿Qué ocurre si la mutua dice que mi lesión es enfermedad común?
Esta es una situación relativamente frecuente.
Puede ocurrir que el trabajador considere que una lesión está relacionada con su actividad laboral mientras la mutua entiende que se trata de una contingencia común.
En estos casos existe un procedimiento específico de
determinación de contingencia ante el INSS.
El objetivo es determinar si el proceso de incapacidad temporal deriva realmente de:
- enfermedad común;
- accidente no laboral;
- accidente de trabajo;
- o enfermedad profesional.
El procedimiento puede ser iniciado, entre otros supuestos, por el propio trabajador.
Para resolverlo resulta especialmente importante aportar toda la documentación disponible.
¿Qué pruebas pueden ser importantes?
Cuando se discute el carácter profesional de una lesión conviene reconstruir con precisión cómo ocurrieron los hechos.
Pueden resultar relevantes:
- informes de urgencias;
- informes del hospital;
- informes de especialistas;
- pruebas diagnósticas;
- parte médico de baja;
- comunicaciones realizadas a la empresa;
- correos electrónicos;
- partes de accidente, si existen;
- declaraciones de compañeros;
- cuadrantes y horarios;
- registros de jornada;
- documentación sobre las funciones realizadas;
- informes de prevención de riesgos;
- y cualquier prueba que permita determinar cuándo aparecieron los primeros síntomas.
En patologías que no proceden de un golpe evidente,
el momento exacto en el que comienzan los síntomas puede resultar especialmente importante.
¿Por qué importa que una baja sea accidente laboral y no enfermedad común?
La determinación de la contingencia puede producir diferentes consecuencias jurídicas y económicas.
Por ejemplo, en los procesos derivados de accidente de trabajo la regulación de la prestación de incapacidad temporal es diferente de la prevista para las contingencias comunes.
La consideración profesional también puede resultar relevante posteriormente si la lesión provoca limitaciones permanentes.
Además, dependiendo de las circunstancias del accidente, pueden plantearse otras responsabilidades.
Pero es importante distinguirlas.
Que exista un accidente laboral no significa automáticamente que la empresa sea culpable
Este punto es fundamental.
Reconocer una lesión como accidente de trabajo
no significa automáticamente que la empresa haya incumplido sus obligaciones preventivas.
Son cuestiones diferentes.
Puede existir un accidente de trabajo sin que exista responsabilidad empresarial.
Para reclamar otras consecuencias, como un recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad o determinados daños y perjuicios, habrá que acreditar los requisitos específicos correspondientes.
La sentencia del conductor con desprendimiento de retina trata fundamentalmente de
determinar el origen profesional de la incapacidad temporal.
¿Puede haber recargo de prestaciones en un accidente laboral?
En algunos accidentes de trabajo sí puede existir un
recargo de las prestaciones de Seguridad Social.
La Ley General de la Seguridad Social prevé un incremento de las prestaciones económicas derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional cuando la lesión se produce como consecuencia del incumplimiento de determinadas medidas de seguridad y salud laboral.
Pero no es automático.
Para que proceda habrá que estudiar, entre otras cuestiones:
- las medidas preventivas existentes;
- el riesgo concreto;
- las obligaciones de la empresa;
- el incumplimiento producido;
- y la relación entre ese incumplimiento y el daño.
Por ello, primero debe determinarse correctamente qué ocurrió y qué contingencia corresponde.
¿Y si la lesión termina provocando una incapacidad permanente?
Una lesión inicialmente tratada dentro de un proceso de incapacidad temporal puede posteriormente dejar secuelas que dificulten o impidan trabajar.
Cuando esas limitaciones persisten y alcanzan suficiente gravedad, podría ser necesario estudiar la posible existencia de una
incapacidad permanente.
La determinación del origen de las lesiones también puede ser relevante en ese procedimiento.
Por eso es importante que desde el comienzo del proceso quede correctamente documentado:
- cuándo ocurrió la lesión;
- cómo ocurrió;
- qué funciones estaba realizando el trabajador;
- cuál fue su evolución;
- qué tratamientos se realizaron;
- y qué limitaciones permanecen.
¿Qué puedo hacer si mi baja figura como enfermedad común pero ocurrió trabajando?
No conviene asumir automáticamente que la calificación inicial es correcta.
Si existen circunstancias que permiten considerar que la lesión apareció como consecuencia del trabajo o durante la prestación laboral, puede ser necesario estudiar un
procedimiento de determinación de contingencia.
El trabajador puede solicitar al INSS que determine cuál es el verdadero origen de la incapacidad temporal.
Para ello será importante analizar conjuntamente:
- la documentación médica;
- las circunstancias laborales;
- la actuación de la mutua;
- la resolución del INSS, si ya existe;
- y las pruebas disponibles sobre el momento en el que apareció la lesión.
La importancia de esta sentencia del TSXG
La sentencia del TSXG resulta especialmente relevante porque recuerda que el concepto jurídico de accidente de trabajo no puede limitarse a los accidentes traumáticos tradicionales.
El hecho de que exista una enfermedad previa, una intervención quirúrgica anterior o un factor médico de riesgo
no significa necesariamente que deba descartarse el carácter laboral de una lesión que se manifiesta durante el trabajo.
Tampoco la ausencia de un golpe o de un parte de accidente permite concluir automáticamente que se trata de una enfermedad común.
Cada caso exige estudiar si resulta aplicable la presunción de laboralidad y si existen pruebas suficientes para romperla.
En el caso del camionero, el TSXG entendió que no las había.
Por ello, revocó la sentencia anterior y reconoció nuevamente que la incapacidad temporal derivaba de
accidente de trabajo.
La sentencia, no obstante, no es firme y puede ser susceptible del correspondiente recurso ante el Tribunal Supremo en los términos legalmente previstos.
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Cuando existe una discusión sobre si una lesión deriva de enfermedad común o de accidente de trabajo, resulta fundamental revisar desde el principio tanto la documentación médica como las circunstancias concretas en las que aparecieron los síntomas.
Derecho Laboral y Seguridad Social
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Abogado de Seguridad Social en Madrid: cuándo reclamar al INSS, TGSS o mutua
Y si ya existe una resolución administrativa que debe impugnarse:
Reclamación previa Seguridad Social: plazos y errores frecuentes
¿La mutua considera enfermedad común una lesión que apareció mientras trabajaba?
Si una lesión se produjo o comenzó a manifestarse durante la jornada laboral y la mutua o el INSS la han considerado enfermedad común, conviene estudiar cuidadosamente las circunstancias antes de aceptar esa calificación.
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Este artículo tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento jurídico individualizado. La calificación de una lesión como accidente de trabajo depende de las circunstancias y pruebas concretas de cada caso.
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