¿Qué es la Prisión Permanente Revisable en España?
La prisión permanente revisable es una pena privativa de libertad que se aplica en España para los delitos más graves. Fue introducida en nuestro ordenamiento jurídico mediante la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, que reformó el Código Penal y entró en vigor el 1 de julio de 2015.
¿En qué consiste esta pena?
La prisión permanente revisable es una forma de cadena perpetua atenuada: implica que el condenado puede estar en prisión por tiempo indefinido, pero con la posibilidad de revisión judicial tras cumplir un mínimo de condena. No se trata de una pena definitiva, sino sujeta a control y evaluación.
¿Cuándo se aplica?
Esta pena se reserva para delitos de extrema gravedad, como por ejemplo:
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Asesinato de menores de 16 años o personas especialmente vulnerables.
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Asesinato tras cometer un delito contra la libertad sexual.
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Asesinato cometido por miembro de organización criminal o terrorista.
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Homicidio del Jefe del Estado o de jefes de Estado extranjeros.
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Genocidio o crímenes de lesa humanidad.
¿Cuándo se puede revisar la condena?
La ley establece que el tribunal podrá revisar la pena cuando el penado haya cumplido al menos 25 años de prisión, siempre que:
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Haya mostrado un pronóstico favorable de reinserción social.
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Se haya indemnizado, en la medida de lo posible, a las víctimas.
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Haya colaborado activamente con las autoridades o mostrado arrepentimiento.
Si tras la revisión se deniega la libertad, podrán realizarse nuevas revisiones periódicas cada dos años, o antes si cambia la situación del condenado.
¿Por qué se introdujo?
La prisión permanente revisable fue diseñada para equilibrar dos principios constitucionales:
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La proporcionalidad de la pena ante crímenes gravísimos.
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La reinserción social, como objetivo fundamental de las penas privativas de libertad (art. 25.2 CE).
Es decir, protege a la sociedad ante personas altamente peligrosas, sin renunciar al objetivo de reeducación y reintegración.
Preguntas Frecuentes sobre la Prisión Permanente Revisable
¿Es lo mismo que la cadena perpetua?
No exactamente. Aunque ambas suponen una condena de duración indefinida, la prisión permanente revisablepermite al condenado solicitar su libertad si cumple ciertos requisitos, mientras que la cadena perpetua clásica no suele contemplar una revisión regular. En España, la prisión permanente revisable está sujeta a control judicial y revisión periódica.
¿Puede salir antes de los 25 años?
No. La ley establece que el condenado debe cumplir un mínimo de 25 años antes de poder solicitar la revisión de su condena. Solo a partir de ese momento se puede valorar si existe un pronóstico favorable de reinserción.
¿Cuántas veces se puede revisar la condena?
La revisión puede hacerse una vez cumplidos los 25 años y, si no se concede la libertad, puede repetirse cada 2 años o antes si hay cambios relevantes (por ejemplo, mejora del estado psicosocial del penado).
¿Quién decide si se concede la libertad?
La decisión corresponde al tribunal sentenciador, previa valoración de informes técnicos (psicológicos, penitenciarios y sociales). Si considera que el recluso no representa un peligro y cumple los requisitos legales, puede conceder la libertad condicional.
¿Cuántas personas hay en España con esta condena?
A fecha actual (consulta actualizada a 2025), hay decenas de personas condenadas a prisión permanente revisable en España. Cada caso es evaluado individualmente por los jueces y no todos los delitos graves conllevan esta pena.
¿Puede declararse inconstitucional?
La prisión permanente revisable fue revisada por el Tribunal Constitucional, que en 2021 avaló su legalidad, siempre que se garantice la posibilidad real de revisión y reinserción. Por tanto, no es inconstitucional, aunque sigue siendo objeto de debate político y jurídico.
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